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La «Regla Brady» o «Doctrina Brady» se refiere a una regla legal en los Estados Unidos que establece la obligación del gobierno de revelar pruebas exculpatorias al acusado en un proceso penal.

Recibe su nombre en honor a Brady v. Maryland, un caso de la Corte Suprema de los Estados Unidos en 1963.

En el caso Brady v. Maryland, la Corte Suprema sostuvo que la retención intencional o la supresión de evidencia material exculpatoria por parte de la fiscalía viola los derechos constitucionales del acusado a un juicio justo y debido proceso. Por lo tanto, la fiscalía tiene la obligación de proporcionar al acusado cualquier evidencia que sea favorable a su defensa, ya sea que se solicite o no.

Esto incluye cualquier evidencia que pueda ayudar a probar la inocencia del acusado, socavar la credibilidad de los testigos de la fiscalía o afectar de manera significativa la pena que podría imponerse. La obligación de revelar esta evidencia se extiende incluso si el acusado no la solicita específicamente.

La Regla Brady es un componente importante para garantizar la equidad y la transparencia en el sistema de justicia penal de Estados Unidos, al asegurar que el acusado tenga acceso a toda la evidencia relevante y pueda presentar una defensa adecuada.

En la República Dominicana, existe un principio similar al de la Regla Brady en los Estados Unidos, aunque se le conoce con un nombre diferente. En el sistema legal dominicano, se reconoce el derecho a la «prueba de descargo» o «prueba favorable» para el acusado en un proceso penal.

Este derecho está consagrado en el artículo 8 de la Constitución de la República Dominicana, que establece como función esencial del Estado, garantizar, entre otros, que toda persona tiene derecho a un juicio justo, en el cual se respeten las garantías mínimas de defensa, entre las cuales se incluye el derecho a presentar pruebas en su favor.

Además, el Código Procesal Penal de la República Dominicana, en su artículo 260, establece que tanto la defensa como el Ministerio Público (fiscalía) tienen el deber de aportar al proceso todas las pruebas que sean útiles para la solución del caso, sin importar si son favorables o desfavorables para alguna de las partes.

Esto implica que, al igual que en la Regla Brady, en la República Dominicana se reconoce el deber de la fiscalía de revelar y poner a disposición del acusado cualquier evidencia que sea favorable a su defensa, incluso si no es solicitada específicamente.

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