En España, el sistema de «Tax Free» o devolución del IVA para los turistas extranjeros se ha vuelto cada vez más complicado, especialmente para los comerciantes de joyas. Según una reciente sentencia del Tribunal Supremo, los vendedores deben verificar la residencia habitual de los compradores para aplicar la exención del IVA, y un pasaporte sin esta información no es suficiente.
La sentencia 1687/2022 de la Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª, del Tribunal Supremo, ha establecido que no es suficiente con presentar un pasaporte si este no incluye la residencia habitual del comprador. En tales situaciones, los vendedores deben buscar otros medios de prueba para verificar la residencia habitual del comprador.
Esta responsabilidad adicional ha complicado la vida de los vendedores que participan en el sistema «Tax Free». La sentencia establece que el vendedor, como sujeto pasivo del IVA, tiene la obligación de verificar si el documento presentado por el comprador contiene la información de residencia habitual o domicilio.
Un visado Schengen puede servir como un medio válido para verificar la residencia habitual o domicilio del comprador. Sin embargo, este método presenta dificultades para los residentes de países que están exentos de la necesidad de obtener un visado para estancias en España. En estos casos, los vendedores deben buscar otros medios de prueba como un documento de identidad, permiso de residencia, factura de servicios públicos, etc.
Además, las autoridades policiales aconsejan a los turistas que no lleven sus pasaportes originales por razones de seguridad, lo que complica aún más la situación. La ausencia de información sobre el domicilio en la mayoría de los documentos identificativos de los viajeros por razones de seguridad agrega otro nivel de dificultad al problema.
Además, el rápido desarrollo y la adopción de identificaciones digitales, especialmente en países de Oriente, incrementan la complejidad de este asunto. La falta de regulaciones claras y adaptadas a estos nuevos formatos de identificación puede llevar a confusiones y complicaciones adicionales.
Mientras tanto, la Agencia Tributaria española mantiene su posición de que el vendedor, como sujeto pasivo del IVA, debe asegurarse de la residencia del comprador. Sin embargo, la guía proporcionada por la Agencia es más escueta en detalles legales y se centra más en el diseño, lo que puede llevar a interpretaciones erróneas de la normativa.
En resumen, la reciente sentencia del Tribunal Supremo ha añadido una carga adicional a los vendedores que participan en el sistema «Tax Free». Aunque el verano y la temporada alta de turismo pueden estar llegando a su fin, estos problemas persistirán y requerirán soluciones efectivas y claras para asegurar el correcto funcionamiento del sistema «Tax Free» en España.
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