La pericia no sustituye al juez. El tribunal no debe improvisar técnica ni obedecer expertos: debe controlar la racionalidad del dictamen.…
Defender es lícito; gobernar es otra cosa
El derecho de defensa es incuestionable. Pero cuando un abogado aspira al poder, su trayectoria profesional —y los criterios que la definen— se somete legítimamente al escrutinio público.…
La ley que sanciona lo que excluye: Los abogados y la intermediación inmobiliaria.
El proyecto crea una contradicción: el artículo 19 excluye al abogado, pero también lo somete a licencia. Esa antinomia rompe la tipicidad y deja la sanción al criterio del…
La responsabilidad judicial que nadie quiere
En el debate español sobre jueces, todos invocan la responsabilidad cuando les conviene y la niegan cuando les toca. Sin regla permanente, no hay Derecho: hay democracia táctica.…
EL CONGRESO QUE COBRA PERO NO LEGISLA.
Un Congreso que cobra RD$320.000 al mes, falta al 86% de las sesiones, ignora mandatos del TC y lleva 142 años con un Código Civil francés sin reformar. No…
El derecho dúctil ya opera en los tribunales. El problema no es la flexibilidad: es la falta de método.
El Derecho ya no puede ser rígido sin ser injusto ni tan flexible que se vuelva arbitrario. El derecho dúctil no es el problema. El problema es ejercerlo sin…
QUERELLA PENAL Y ARBITRAJE
El artículo analiza cómo la investigación penal no obliga a suspender el arbitraje y cómo una mala gestión de la prejudicialidad penal puede poner en riesgo la validez del…
Los tres poderes del Estado: autopsia de un equilibrio inexistente
La separación de poderes no es equilibrio, sino asimetría. El Ejecutivo actúa y cobra; el Legislativo habilita; el Judicial revisa tarde. Quien ejecuta primero impone la realidad.…
El derecho no es un manual: Hart contra Dworkin
Hart y Dworkin discuten algo muy básico: qué es el derecho y cómo se decide un caso cuando la ley no da una respuesta clara. Hart dice, en resumen:…
LA EXHIBICIÓN DEL IMPUTADO ANTE LOS MEDIOS: UNA ILEGALIDAD NORMALIZADA EN EL PROCESO PENAL DOMINICANO
La exhibición pública del imputado sin consentimiento es una violación sistemática del Código Procesal Penal dominicano (Art. 71) y de la Constitución. Esta práctica, normalizada por el Ministerio Público…










