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EL PROBLEMA NO ES LA FALTA DE DERECHOS: ES EL SECUESTRO DEL PODER


Durante años se nos ha repetido la misma consigna: que nuestras democracias fracasan porque faltan derechos. Y, con esa excusa, se han reformado constituciones, ampliado catálogos de derechos fundamentales y multiplicado declaraciones solemnes. El resultado es paradójico: nunca hubo tantos derechos escritos y nunca fue tan débil la posición real del ciudadano frente al poder.

El problema no es normativo.
Es estructural.

Lo que está en crisis no es la idea de derechos, sino la organización del poder. Quién decide, cómo decide y, sobre todo, a quién rinde cuentas. Mientras esa estructura permanezca intacta, cualquier nuevo derecho será poco más que una promesa condicionada o una concesión graciosa del gobernante de turno.

En la práctica, el sistema funciona así: el ciudadano vota, delega y desaparece. El mensaje implícito es brutalmente claro: “ya participaste; ahora retírate”. A partir de ahí, el Ejecutivo gobierna por decreto, el Legislativo acompaña o negocia, y el Judicial administra los tiempos hasta que el conflicto pierde relevancia.

Eso no es una disfunción ocasional.
Es el diseño.

El presidencialismo hipertrofiado ha terminado por vaciar el constitucionalismo democrático desde dentro. Se mantienen las formas, pero se pierde el contenido. Los derechos siguen ahí, pero su ejercicio depende del humor del poder o de una peregrinación judicial interminable. El ciudadano deja de ser titular de poder y pasa a ser peticionante.

Y cuando los derechos se piden, ya no son derechos.
Son favores.
Y todo favor genera dependencia.
Y toda dependencia refuerza al poder.


EL ERROR LATINOAMERICANO

La mayoría de los países latinoamericanos ha insistido durante décadas en el mismo error: sumar derechos mientras concentra poder. Se amplían constituciones sociales, se reconocen nuevos colectivos, se multiplican garantías, y al mismo tiempo se refuerza la figura presidencial, se normaliza el gobierno por decretos de urgencia y se debilitan los controles institucionales.

Como señala Roberto Gargarella, esto se ha dado “a través de la incorporación de decenas de nuevos derechos constitucionales, que se acompañaron de (o vinieron a cambio de) un reforzamiento de los rasgos presidencialistas, o menos democráticos, de nuestra organización del poder.”

El resultado es un constitucionalismo generoso en el discurso y profundamente autoritario en la práctica.

No faltan derechos.
Falta democracia operativa.


EL CONSTITUCIONALISMO COMO “TRAJE CHICO” (GARGARELLA)

Esta idea ha sido formulada con particular claridad por Roberto Gargarella, uno de los constitucionalistas más lúcidos de la región. En su obra La sala de máquinas de la Constitución y en su reciente columna “El constitucionalismo como ‘traje chico’” publicada en Clarín (8 de enero de 2026), Gargarella describe el problema central: el constitucionalismo se ha convertido en un traje diseñado para un cuerpo social pequeño y homogéneo, que insistimos en colocar sobre sociedades masivas, plurales y democráticamente empoderadas.

La metáfora es precisa: “Como un ‘traje’ diseñado para un niño o niña, en sus primeras celebraciones, y que insistimos con volver a colocarle hoy, cuando ya nos encontramos frente a un adulto, corpulento y desarrollado.”

Las viejas sociedades para las que se diseñó el constitucionalismo decimonónico eran pequeñas, divididas en pocos grupos internamente homogéneos, y con porciones significativas excluidas de la participación democrática. El diseño institucional reflejaba esa realidad: poder concentrado, baja participación ciudadana, derechos formales sin mecanismos efectivos de realización.

Las sociedades actuales son radicalmente distintas: millones de personas, multiculturales, heterogéneas, con identidades multifacéticas, y —esto es fundamental— compuestas por ciudadanos que se asumen, con razón, como propietarios legítimos del poder político.

Pero la respuesta institucional ha sido equivocada: añadir botones al traje —más derechos, más declaraciones— sin modificar su estructura básica. Como dice Gargarella: “no basta con agregarle botones al traje, o alargarle las mangas, o subirle el talle.”

El problema no es que el traje esté mal confeccionado.
Es que ya no corresponde al cuerpo que debe vestir.

Y seguir forzándolo solo genera asfixia institucional.

Porque, como advierte Gargarella, “los nuevos derechos enumerados (que -vale aclararlo- bien incorporados están, en su gran mayoría) sirven de poco si, como ciudadanos, quedamos condenados a peregrinar pacientemente hacia los tribunales, o a pedirle de rodillas al Presidente, por derechos que, finalmente, los funcionarios nos otorgarán o no, conforme a su estado de ánimo.”

Así, derechos que son nuestros e incondicionales terminan convirtiéndose en concesiones del poder de turno. Y toda concesión es un privilegio. Y todo privilegio refuerza la posición del que lo otorga.

(La tesis puede verse desarrollada en: Roberto Gargarella, La sala de máquinas de la Constitución. Dos siglos de constitucionalismo en América Latina (1810-2010), Katz Editores, Buenos Aires, 2014; y en “El constitucionalismo como ‘traje chico’”, Clarín, 8 de enero de 2026, disponible en: https://www.clarin.com/opinion/constitucionalismo-traje-chico_0_4pzud3Ho2s.html. Gargarella es profesor de Derecho Constitucional en las Universidades Torcuato Di Tella (Buenos Aires) y Pompeu Fabra (Barcelona).)


LOS ARREGLOS INSTITUCIONALES NECESARIOS
(más allá de la retórica)

Si el problema es estructural, la respuesta no puede ser cosmética.

1. Límites reales al Ejecutivo

No simbólicos, no declamativos.

Restricción estricta de los decretos de urgencia.
Control parlamentario inmediato y efectivo.
Responsabilidad política y jurídica por el incumplimiento deliberado de la ley.

El Ejecutivo debe volver a ejecutar, no a legislar ni a reinterpretar la Constitución según su conveniencia.

2. Un Congreso con poder propio

Un parlamento que no controla no representa.

Procedimientos públicos y estrictos para designaciones clave.
Comisiones de control con capacidad real de bloqueo.
Fin del Congreso como escribanía del Ejecutivo.

Un Legislativo subordinado no es contrapeso: es complicidad.

3. Justicia con plazos y consecuencias

Una justicia que demora décadas no es prudente; es funcional al poder.

Efectos jurídicos claros por el incumplimiento de plazos procesales.
Responsabilidad disciplinaria para jueces que dilatan decisiones estructurales.
Traslado automático a salas de resolución urgente en casos constitucionales críticos.
Prioridad a los casos que afectan el equilibrio democrático.

La demora también decide.

4. Participación ciudadana vinculante

No decorativa, no testimonial.

Iniciativa ciudadana con efectos normativos reales.
Consultas populares con consecuencias jurídicas claras.
Control ciudadano directo sobre decisiones estratégicas.

Sujeta, en lo que respecta a derechos fundamentales de minorías, a control de constitucionalidad para evitar que la democracia directa se convierta en tiranía de la mayoría.

Participar no es opinar.
Es incidir.

5. Descentralización efectiva del poder

El poder concentrado, aunque sea legal, siempre degenera.

Transferencia real de competencias y recursos.
Autonomía decisoria local.
Control cercano, no vertical.

Más proximidad, menos impunidad.


CONCLUSIÓN

El constitucionalismo democrático no está agotado.
Está capturado.

No necesitamos menos Constitución ni más líderes providenciales. Tampoco catálogos infinitos de derechos que solo pueden ejercerse pidiendo permiso. Necesitamos devolver el poder a su titular legítimo: el ciudadano.

Como advierte Gargarella: “Nuestro problema (constitucional) no es la falta de derechos, sino el mantenimiento de una estructura de poder poco democrática.”

El traje ya no nos queda. Y seguir forzándolo solo garantiza desgarros institucionales cada vez más graves.

La democracia no muere por falta de derechos.
Muere cuando el poder deja de estar limitado.

Y eso no se corrige con retórica.
Se corrige con arreglos institucionales que devuelvan contenido democrático real a nuestra vida compartida.


Jesús Reolid
Abogado , DÓMINE ABOGADOS & ASESORES
Santo Domingo, República Dominicana


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