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Del símbolo al garante: El Defensor del Pueblo dominicano entre narrativa visual y deber constitucional.

Por Jesús Reolid

Abogado .

Introducción

En mayo de 2025, el Defensor del Pueblo de la República Dominicana publicó el libro “100 Días, 100 Historias”, una compilación fotográfica, testimonial y discursiva sobre el recorrido institucional realizado durante sus primeros tres meses de gestión. Este documento, visualmente potente y emocionalmente conmovedor, pretende ser más que una memoria institucional: se presenta como una declaración de principios y una cartografía de la dignidad de los sectores más vulnerables del país.

Sin embargo, más allá de su valor narrativo, este libro exige una lectura jurídica, crítica y sociopolítica que cuestione no solo lo que muestra, sino también lo que omite. ¿Qué nos dice el libro sobre la función constitucional del Defensor del Pueblo? ¿Cuánto hay de compromiso transformador y cuánto de representación simbólica? ¿Qué papel juega esta figura dentro de la arquitectura del Estado social y democrático de derecho que consagra la Constitución de 2010?

Este artículo intenta responder a esas preguntas.

El Defensor del Pueblo en la Constitución Dominicana

La figura del Defensor del Pueblo fue constitucionalizada en la República Dominicana en el año 2010 (aunque ya existía legalmente desde la Ley 19-01), quedando definida entre los artículos 190 y 192 de la Carta Magna. Su mandato principal es claro: garantizar los derechos fundamentales de la ciudadanía frente a la actuación u omisión de la administración pública.

La Constitución le otorga independencia funcional, capacidad de investigación, iniciativa legislativa y la potestad de interponer acciones ante el Tribunal Constitucional y otras jurisdicciones. No es, por tanto, una figura decorativa ni un simple vocero simbólico del malestar popular. Es un órgano con fuerza jurídica, diseñado para actuar frente a la arbitrariedad estatal, la inacción administrativa o la vulneración sistemática de derechos.

Desde esta óptica, la pregunta clave es: ¿el libro “100 Días, 100 Historias” retrata esa función constitucional en ejercicio o representa más bien una estrategia comunicacional que proyecta cercanía, pero sin mostrar resultados concretos?

Un libro visualmente admirable, pero legalmente insuficiente

El texto se organiza temáticamente en diez secciones: discapacidad, educación, niñez y juventud, trabajo, envejecientes, mujeres, salud, medioambiente, justicia y esperanza. Cada sección incluye testimonios, fotografías de alta carga emocional, frases recogidas en territorio y reflexiones del equipo institucional. No hay duda de que el recorrido por las 32 provincias fue una acción loable de visibilidad.

Sin embargo, desde un enfoque jurídico, el libro carece de elementos fundamentales que permitan evaluar la actuación del Defensor como garante constitucional. No se menciona, por ejemplo:

Ninguna recomendación oficial emitida por la institución. Ninguna intervención directa en casos concretos de violación de derechos fundamentales. Ninguna acción de amparo, hábeas data o intervención procesal ante tribunales. Ninguna evaluación institucional de cumplimiento por parte de las entidades públicas. Ningún dato sobre quejas tramitadas, casos resueltos o medidas correctivas adoptadas por otros órganos gracias a su mediación.

En otras palabras, el documento muestra un despliegue territorial y afectivo, pero no ofrece pruebas del ejercicio efectivo de sus atribuciones constitucionales.

Datos extraídos que podrían usarse de forma estadística (pero no lo fueron)

El libro menciona situaciones sistemáticas de vulneración de derechos que podrían haber servido como base para diagnósticos más precisos. Algunos ejemplos útiles:

Solo el 19% de las personas con discapacidad están insertadas en el sistema laboral formal. Solo el 3% de estas personas accede a programas continuos de formación técnica. El 54% de los estudiantes dominicanos no termina la secundaria a tiempo, y de estos, menos de la mitad alcanza competencias mínimas. El 23% de los jóvenes dominicanos ni estudian ni trabajan (NINI). El 59% de los hogares está sostenido por mujeres. Más del 41% de los adultos mayores en zonas rurales no accede a pensión formal. El 41% de los dominicanos ha tenido que pagar de su bolsillo servicios médicos que debieron ser gratuitos.

No obstante, ninguno de estos datos está acompañado de fuente verificable, año de recolección, ni contexto comparativo. No hay referencias bibliográficas que permitan contrastar la veracidad de esas cifras o convertirlas en evidencia para acciones institucionales.

¿Qué no se dijo en el libro?

Este informe omite temas sensibles o jurídicamente críticos que también son parte del mandato del Defensor del Pueblo:

Condiciones carcelarias y hacinamiento penitenciario. Uso excesivo de la fuerza policial o detenciones arbitrarias. Trato institucional a migrantes, apátridas y personas en riesgo de repatriación. Acceso a la justicia y moras judiciales. Violaciones al debido proceso por parte de entidades del Estado. Falta de acceso a medicamentos de alto costo o negación de tratamientos por ARS. Vulneración del derecho a la vivienda o desalojos forzosos sin orden judicial. Vigilancia al cumplimiento de las leyes medioambientales por grandes empresas.

No se incluye, además, un análisis jurídico de los hallazgos, ni propuestas normativas, ni criterios de reforma institucional.

¿Hacia dónde se dirige el material?

El enfoque del libro parece más performativo y simbólico que jurídico y resolutivo. Se dirige a posicionar al Defensor como figura empática, cercana, itinerante y conectada emocionalmente con los problemas del país. Pero eso no basta.

En su formato actual, el documento cumple una función de legitimación emocional e imagen institucional, pero no ofrece herramientas ni evidencia concreta del ejercicio pleno de las facultades constitucionales.

Es una narrativa más curativa que correctiva, más poética que normativa.

Conclusión: entre la visibilidad política y la eficacia constitucional

El Defensor del Pueblo debe ser algo más que un cronista de injusticias o un vocero institucional del dolor colectivo. Su verdadero rol es activar las garantías constitucionales, exigir cumplimiento, incomodar al poder y defender derechos con consecuencias jurídicas.

El libro “100 Días, 100 Historias” es un paso útil hacia la visibilidad, pero aún no es una prueba de eficacia institucional. La historia no se escribe solo con palabras hermosas ni fotos conmovedoras: se escribe con acciones concretas, impactos verificables y derechos efectivamente garantizados.

La figura del Defensor del Pueblo, si quiere cumplir su mandato, debe dejar de ser un testigo y convertirse en un actor. De lo contrario, su función se reducirá a administrar esperanza sin alterar el orden de las injusticias.

Descarga oficial del libro

Puedes descargar el libro completo “100 Días, 100 Historias” en formato PDF desde el siguiente enlace oficial:

👉https://defensordelpueblodo-my.sharepoint.com/:b:/g/personal/transparencia_defensordelpueblo_gob_do/ESRUMKDUuehLmDNjY6rV2jQBpwilfnUZqsGvMe4M5TEL5Q?e=SCquYH

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